GASTOS SANATORIALES: O.L.A.

COMO COBRARLOS INMEDIATAMENTE?

GASTOS SANATORIALES: O.L.A.

Es una obligación  impuesta por la Superintendencia de Seguros a las Aseguradoras y deben poner a disposición de la victimas del siniestro vial el dinero dentro de los 5 días hábiles de acompañada la documentación.

Toda víctima de un siniestro vial debe saber, que la compañía aseguradora tiene la obligación de afrontar los gastos médicos hasta la suma de $ 170.000 y a partir del 2024 de $350.000, sin necesidad de probar la responsabilidad del dañador.

Solo con la intimación (siempre necesaria en caso de incumplimiento) y la documentación necesaria, los seguros deben poner a disposición inmediatamente dentro de los 5 días posteriores la suma comentada.

La Obligación Legal Autónoma (O.L.A.) es una obligación de cobertura por la cual las compañías de seguros deben cubrir los Gastos Sanatoriales y de Sepelio que se deban afrontar producto de un accidente de tránsito sin necesidad de tenerse probada la responsabilidad del asegurado.

Los Gastos Sanatoriales son los que se incurren inmediatamente después del accidente. A pesar de estar en un hospital público, si el accidentado o algún familiar, debió afrontar gastos sanatoriales y cuenta con la documentación respaldatoria correspondiente (comprobantes de pagos, orden del médico, diagnóstico), puede hacer el reclamo correspondiente ante la aseguradora.

Los Gastos Sanatoriales y de Sepelio deberán ser abonados por la aseguradora al tercero damnificado, dentro del plazo máximo de CINCO (5) días contados a partir de la acreditación del derecho al reclamo respectivo, al que no podrá oponérsele ninguna defensa sustentada en la falta de responsabilidad del asegurado respecto del daño.

Resolución 505/2023 de la SSN de octubre 2023. Incremento de límites 

ARTÍCULO 7°.-

“Cláusula 1.2: Obligación Legal Autónoma.

Se cubre la Obligación Legal Autónoma por los siguientes conceptos:

1. Gastos Sanatoriales por persona hasta PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA MIL ($350.000.-).

2. Gastos de Sepelio por persona hasta PESOS DOSCIENTOS CINCO MIL ($205.000.-).

Documentación a presentar:

1. Copia de la Denuncia Policial

2. Copia de Documento  Nacional de Identidad de la víctima.

3. Certificado expedido por el médico tratante.

4. Comprobantes originales de pago de Gastos Sanatoriales que acrediten el costo de los gastos médicos

en que se haya incurrido para el tratamiento de la víctima o factura de la entidad reclamante por los gastos incurridos, detallándose en la misma material utilizado, prestaciones médicas brindadas, indicando el costo de dichos insumos de acuerdo al Nomenclador utilizado

4. El formulario de la SSn para personas físicas, el cual se puede descargar aquí mismo en PDF

En caso de incumplimiento por parte del seguro se debe efectuar denuncia en la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN)

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