Caso de éxito: FALLO TSJ - Responsabilidad del Consorcio

El fallo modificó las reglas para la aprobación de las nuevas instalaciones de gas en la Provincia de Cordoba.

Caso de éxito: FALLO TSJ - Responsabilidad del Consorcio
Caso de éxito: FALLO TSJ - Responsabilidad del Consorcio

El  Tribunal  Superior de Justicia  confirmó la condena al consorcio de departamentos de un edificio céntrico de la ciudad de Córdoba, que deberá pagar un resarcimiento millonario a los padres de una joven que murió intoxicada por emanaciones de monóxido de carbono cuando tomaba un baño (ver  El caso que terminó en la condena a un arquitecto  ).

El Alto Cuerpo confirmó los fallos de primera instancia del juez Civil y Comercial Leonardo González Zamar (2007) y de la Cámara Civil de Apelaciones (2009) que también condenaron al consorcio de copropietarios del edificio Aquitania, ubicado en Independencia 369. Igualmente, se confirmó también la condena para el gasista matriculado.

En el proceso se comprobó el deficiente funcionamiento del ducto de tiraje del calefón que desembocaba en una cañería maestra para todo el edificio. Además, se descubrió que en el departamento no existían rejillas de ventilación. El caso provocó que las normas de exigencia de instalaciones (nuevas o renovadas) en edificios cambiaran notablemente.


La Policía Judicial comprobó las deficiencias en el funcionamiento del tiraje del calefón y la inexistencia de la ventilación.

Padres demandantes. La víctima se llamaba Marta Marcela del Valle Yunes Abdala, tenía 28 años y era oriunda de Santiago del Estero. Su cuerpo fue hallado por su padre que iba a visitarla en esos días, en septiembre de 1998.

Casualmente, su padre y su madre son los demandantes y quienes se harán acreedores del resarcimiento que, según el abogado patrocinador,  Oscar Alberto Romano  , superará el millón de pesos. Los padres de la víctima demandaron al consorcio de propietarios, la administradora Mirtha Teresa Mongi de Narbona y el gasista instalador Juan Carlos Di Pinto.

En aquella época pidieron indemnización por daños materiales y morales, en una cifra cercana a los 200 mil pesos, por gastos de sepelio, pérdida de chances y daño moral.

En la primera instancia del juicio, el perito designado destacó que la producción de monóxido de carbono fue producto del deficiente trabajo del conducto de evacuación de gases de combustión".

Pero, además opinó que "si tal conducto, como en la especie, es defectuoso, no sólo impide la salida de los gases nocivos de cada unidad, sino que en días de viento en la parte superior del edificio origina el retorno de los gases de combustión al interior del departamento, con la gravedad que ello implica". Si bien en las tres instancias hubo condena a la administradora y al gasista, siempre fue rechazada la demanda a la primera, por su condición de mandataria de los consorcistas.

Sobre este caso, el  abogado  Oscar Alberto Romano  opinó que "el fallo es ejemplar" porque

"pone una alerta rigurosa a todos los consorcios, desde el punto de vista de la Justicia".

El especialista en derecho de seguros agregó que esto envía un mensaje a los consorcistas: "Pónganse los pantalones largos y mantengan bien los edificios; en una época en que se construye tanto, este fallo sirve para encauzar las cosas como corresponden y obliga a los consorcios a mantener las instalaciones y servicios en regla".

NOTA LA VOZ DEL INTERIOR