DAÑO MORAL POR LA MUERTE DEL CONCUBINO: $400.000

COMENTARIO DE FALLO: ES EL MONTO MANDADO A PAGAR POR EL JUEZ GUSTAVO MASSANO DEL JUZG 1 inc. De 51A Nom, A LA VIUDA DEL SR. CORTEZ CON 14 AÑOS DE CONVIVENCIA Y TRES HIJOS MENORES

DAÑO MORAL POR LA MUERTE DEL CONCUBINO: $400.000

EN OTRO FALLO POLÉMICO DE LA JUSTICA DE CORDOBA, SE CONDENA A PAGAR AL EMBISTENTE LA SUMA DE PESOS  400.000 EN CONCEPTO DE DAÑO MORAL POR LA MUERTE DEL CONVIVIENTE. MAS EL INTERÉS ANUAL DEL 8 POR CIENTO.

TASA  DE INTERÉS FIJADA POR EL JUEZ:

- 8 X CIENTO ANUAL DESDE LA FECHA DEL ACCIDENTE

-FECHA DEL HECHO: 2010

- MONTO DE LA CONDENA POR ESTE RUBRO: $ 416.000 (Daño moral por la muerte del concubino Sr. Cortez de 34 años de edad) 


Los actores, CONCUBINA, los 4 HIJOS MENORES, y AMBOS PADRES, inician formal demanda de daños y perjuicios en contra del Sr. Efraín Gregorio Contreras, en 
su carácter de propietario y conductor del vehículo Marca Peugeot, modelo 504, tipo Sedan 4 puertas, dominio RFK 706 involucrado en el accidente de tránsito en el que el Sr. Cortez perdió la vida.

Citan en garantía a la compañía aseguradora L a Perseverancia Seguros". Brindan su versión de los hechos.

Así, dicen que el día 12.03.2010 aproximadamente a las 6:50 hs. am, en circunstancias en que el Sr. Cortez se dirigía hacia su trabajo caminando por la banquina derecha de la Ruta Nacional Nro. 9, en sentido de dirección Sur- Norte, llevando a pie su motocicleta marca Zanella, modelo 110 c.c., sin dominio, de color negra, fue embestido violentamente por el automóvil del demandado con la parte frontal delantera derecha causándole traumatismo cráneo- encefálico, lo que provocó su muerte inmedíata


Se concede la demanda y se Establece la responsabilidad del accidente en un ochenta por ciento (80%) al demandado, y en el veinte por ciento (20%) restante a la víctima Sr. Cortez


Para calcular la indemnización por daño moral en este caso, primero, debemos tomar los montos concedidos por el juez en el fallo original de diciembre 2022, sobre un accidente de tránsito ocurrido en el año 2010, que son:

  • Para la CONVIVIENTE Sra. Mariela Beatriz Maldonado: $416,000.
  • Para el PADRE Sr. Raúl Roberto Cortes: $416,000.
  • Para la MADRE Sra. María Emilia Nieva: $416,000.
  • Para cada uno de los HIJOS (4), es decir, Marcos Alexander Cortez Maldonado, Agustín Raúl Roberto Cortez Maldonado, Mia Magali Maldonado y Roberto Maximiliano Cortez Monjes: $520,000.

Luego, aplicamos la tasa de interés anual del 8% desde el año 2010 hasta septiembre de 2023. Para ello, primero, calculamos cuántos años han pasado desde 2010 hasta 2023:

2023 - 2010 = 13 años.

Ahora, aplicamos la tasa de interés anual del 8% durante estos 13 años para cada uno de los montos:

Para la Sra. Mariela Beatriz Maldonado:

$416,000 x (1 + 0.08)^13 = $782,320.33

Para el Sr. Raúl Roberto Cortes:

$416,000 x (1 + 0.08)^13 = $782,320.33

Para la Sra. María Emilia Nieva:

$416,000 x (1 + 0.08)^13 = $782,320.33

Para cada uno de los hijos:

$520,000 x (1 + 0.08)^13 = $977,900.42

Estos tipos son los montos actualizados para cada actor si se pagaran en septiembre de 2023, teniendo en cuenta la tasa de interés anual del 8% desde el año 2010.

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